Recurso de Casación – Delito de falsificación de documentos: La falta de motivación judicial en la exclusión de pruebas de cargo. STS 460/2025 de 21/05/2025

El supuesto de hecho

Una compleja investigación originada por presuntos delitos contra la salud pública derivó en la intervención telefónica de un funcionario judicial. A raíz de dichas escuchas y otras pesquisas policiales, se formuló acusación contra varios individuos por articular presuntamente una trama de falsedad documental, estafa procesal y falso testimonio en el seno de un procedimiento contencioso-administrativo.

El problema jurídico

El tribunal de instancia dictó sentencia absolutoria tras declarar, sin la debida fundamentación, la nulidad del auto que autorizaba las intervenciones telefónicas iniciales de la investigación,. El error estructural de la Sala consistió en extender automáticamente esa ilicitud a todas las demás pruebas de cargo basándose en la nulidad de unas grabaciones ambientales previas, omitiendo valorar múltiples indicios policiales independientes que resultaban plenamente válidos,.

La clave del éxito y el resultado

El núcleo de la estimación casacional radicó en demostrar la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (artículos 24.1 y 120.3 CE) por falta de motivación en la resolución judicial. La Sala Segunda acogió la tesis de que la exclusión probatoria en bloque fue arbitraria, puesto que existían indicios de notorio incremento patrimonial e informaciones policiales totalmente desconectadas de la escucha ambiental viciada, los cuales legitimaban de forma autónoma la intervención de las comunicaciones,,.

En consecuencia, la Sala estimó el recurso, anuló la sentencia absolutoria y ordenó la retroacción de las actuaciones para la celebración de un nuevo juicio oral por un tribunal diferente,.

Extractos de Fundamentación Jurídica

A la vista de las circunstancias expuestas coincidimos con el Fiscal que el auto declaratorio de nulidad, en cuanto no parece haber valorado todo este conjunto de indicios, carece de la necesaria motivación que exige el artículo 120 CE, como también consideramos que esa falta de motivación se extiende a la decisión oral adoptada al inicio del juicio de extender la nulidad de la intervención telefónica a todas las pruebas posteriores, incluidas la prueba documental y testifical que se pretendía practicar en el juicio a instancias de la acusación. Hemos comprobado la grabación del juicio y la extensión de la antijuridicidad a todas las pruebas carece de motivación alguna. Se ha adoptado considerando implícitamente que todas las pruebas traen causa de la intervención telefónica anulada pese a que, como acabamos de referir, la investigación que dio lugar al inicio de las actuaciones y a las diferentes diligencias de investigación, incluidas las intervenciones telefónicas y ambientales, era muy amplia y tenía como basamento una compleja investigación policial incluso anterior a las intervenciones.

Entendemos que la ausencia de motivación determina la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de la acusación, derecho que tiene su reconocimiento en el artículo 24. 2 de la CE. La ausencia de una motivación mínimamente suficiente justifica la pretensión de nulidad, lo que obliga a nulidad de actuaciones desde el inicio del juicio para que por un tribunal diferente se resuelva lo que proceda en derecho.

 

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